¿Cuántos seguros de vida se pueden cobrar?

  • La legislación vigente no limita el número de seguros de vida que un mismo beneficiario puede cobrar simultáneamente o en diferentes momentos. Se aplica la misma lógica que con los asegurados, que pueden contratar más de un seguro de vida sin mayores obligaciones que abonar las cuotas correspondientes y estar al día en términos fiscales. Todos los seguros están inscritos en el mismo registro y el único requisito formal es que el beneficiario solicite su cobro tras el fallecimiento del asegurado.
  • Los beneficiarios que perciban más de un seguro de vida deben asumir la factura fiscal correspondiente. El beneficiario tendrá que tributar por cada seguro que cobre de manera individual, lo que puede incluir el pago del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, dependiendo de la comunidad autónoma en que se resida.
  • No todos los seguros de vida tienen las mismas condiciones, por lo que el beneficiario podría percibir cantidades muy diferentes por cada una de las pólizas (todas no se suscriben con la misma cuantía). También podría ocurrir que un seguro solo tenga un beneficiario pero que otro incluya a más personas, dividiéndose el pago entre todas ellas, por lo que se debería analizar cada situación en concreto.

 

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