Impuesto de sucesiones

Impuesto de sucesiones y seguro de vida: ¿Cómo funciona?

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El fallecimiento de un familiar implica una serie de trámites burocráticos que garanticen la continuidad del patrimonio en sus herederos. Los seguros de vida forman parte de la masa hereditaria y, en consecuencia, tributan en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.  

Antes de aceptar una herencia es importante tener en cuenta el contenido de la masa hereditaria y las posibles cargas existentes en inmuebles y otras propiedades a heredar. Para hacer una estimación de los impuestos que corresponde pagar también hay que tener en cuenta todos los activos y pasivos del difunto, así como los seguros de vida 

¿Hay que pagar por el seguro de vida en el impuesto de sucesiones? 

El fallecimiento del titular de una póliza de seguro de vida implica que sus herederos serán los beneficiarios de la misma según las condiciones estipuladas por contrato. El seguro de vida se puede cobrar al contado o en forma de rentas pero, en cualquier caso, tendrá que tributar en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.  

La cantidad a abonar depende de la normativa aplicada en la comunidad autónoma de residencia del fallecido, que es donde se debe pagar dicho impuesto en un plazo de 6 meses (prorrogable a un año) tras la fecha de defunción. La normativa estatal únicamente establece un margen que va del 7,65% al 34%. Además, en el cálculo del tributo se aplica deducciones por grado de parentesco así como las bonificaciones vigentes en cada comunidad autónoma.  

Cuando el beneficiario del seguro de vida es la propia persona que lo contrata, no se aplica este impuesto. No obstante, sí tendrá la obligación de tributar por dicho seguro en la declaración anual del IRPF.  

¿Qué ocurre con la vivienda heredada? 

Cuando se hereda una vivienda, aparte de abonar la cantidad correspondiente en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones y las plusvalías municipales, conviene cambiar cuanto antes las escrituras. Solo de esta manera se podrá disfrutar del inmueble de pleno derecho, de cara a su venta o alquiler.  

El cambio de escrituras se realiza en los registros de la propiedad correspondientes, una vez obtenida la escritura de aceptación y partición de la herencia. Tanto los notarios como los registradores de la propiedad que llevan a cabo estos trámites aplican unos honorarios y aranceles por sus servicios.