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Cómo aspirar a la deducción del IVA de las reformas del hogar

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La deducción o aplicación de tipos reducidos de IVA en las obras de rehabilitación de una vivienda siempre ha sido un tema controvertido, especialmente cuando se trata de autónomos que trabajan desde casa. No obstante, cuando estas reformas afectan a la parte de la vivienda donde se desarrolla la actividad laboral, es posible deducirse el IVA dentro de los límites fijados por Hacienda.  

Muchos profesionales autónomos trabajan desde casa. En estos casos (despachos de abogados, consultas médicas, talleres…) el inmueble es, al menos en parte, un instrumento de trabajo o medio de explotación. Conforme a esta categorización, el autónomo que pueda justificar que las reformas realizadas corresponden a un gasto asociado a su actividad, también podrá deducirse el IVA.  

Modelos obligatorios para solicitar la deducción del IVA en obras de rehabilitación 

El principal requisito para la deducción del IVA de las reformas del hogar es demostrar que la vivienda habitual del autónomo es, además, su lugar de trabajo. Para ello es imprescindible que esta situación haya quedado recogida en los modelos 036 y 037 de alta en el IAE, en los que se comunica a Hacienda que la actividad se realiza en el propio domicilio.  

En estos modelos también se informa del porcentaje total de la vivienda que se dedica específicamente a la actividad profesional (p. ej., un despacho o un estudio). De este modo, la deducción del IVA se podrá aplicar sobre dicho porcentaje: hasta el 30 % de los metros cuadrados afectos a la actividad y en relación con la superficie total de la vivienda.  

Por este motivo la factura de la obra debe ser muy específica, reflejando el lugar concreto del inmueble en el que se han realizado las obras. Hay que subrayar que si las obras o reparaciones está incluidas en el seguro de hogar, es posible que la aseguradora sea el sujeto pasivo de la factura. En estos casos, el autónomo no tiene ningún gasto que deducirse. 

En caso contrario, el gasto tendrá que aparecer reflejado en la contabilidad y deberá ser justificado con la documentación pertinente si Hacienda lo solicitara. Por último, y aunque resulte obvio, solo podrá realizarse la deducción del IVA en los casos en los que el autónomo sea el titular de la vivienda.

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