¿Qué tipos de viviendas protegidas existen?

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Las personas que no cuentan con los recursos económicos suficientes para acceder a una vivienda en el mercado libre pueden optar por una vivienda de protección oficial, también llamadas viviendas protegidas. Este tipo de inmuebles tienen un precio de compra o alquiler menor, pero también se rigen por una normativa específica.  

Las viviendas protegidas se benefician de bonificaciones por parte de la Administración durante su construcción y comercialización. Este es el motivo por el que su venta o alquiler no se lleva a cabo en las mismas condiciones que una vivienda en el mercado libre.  

Tipos de viviendas protegidas 

Las viviendas de protección oficial pueden ser de promoción pública (VPOPP) o privada (VPP). Las primeras son financiadas por las administraciones públicas y se otorgan por sorteo o concurso. Las segundas son obras de una promotora privada que se beneficia de la financiación pública y el acceso a ellas también está limitado a una serie de condiciones.  

En ambos casos, los destinatarios de estas viviendas suelen ser familias con rentas bajas. Es necesario demostrar esta condición con una serie de requisitos que brinden acceso a este tipo de inmuebles: no superar un determinado nivel de ingresos, no disponer de otra vivienda en propiedad, residir o trabajar en el mismo municipio del inmueble, etc.   

¿Son iguales todas las VOPP y las VPP? 

Dentro de los dos grandes grupos de viviendas protegidas, las de promoción pública y las de promoción privada, existen a su vez algunas distinciones.  

  • Vivienda de protección oficial de promoción pública (VPOPP) 
  1. Viviendas con protección pública básica (VPPB). Tienen una superficie inferior a los 110 m2.
  2. Protección pública de precio limitado (VPPL). Tienen una superficie inferior a los 150 m2.  
  3. Vivienda con protección pública para arrendamiento (VPPA). Destinadas en exclusiva al alquiler por rentas limitadas.  
  4. Vivienda con protección pública para arrendamiento con opción de compra (VPPA OC). Destinadas a un alquile por renta limitada pero con opción de adquisición transcurrido cierto tiempo.   
  5. Vivienda con protección pública para arrendamiento con opción de compra para jóvenes (VPPA OC J). Están limitadas a arrendatarios y eventuales compradores de menos de 35 años.  
  6. Vivienda de integración social (VIS). En ningún caso se adquieren en propiedad. Se destinan a los colectivos más desfavorecidos.  
  • Viviendas de protección oficial de promoción privada 

Dentro del grupo de las VPP existe una subcategoría: las viviendas de precio tasado (VPT). En estos casos, el precio del inmueble ya viene fijado por lo que la empresa constructora y la Administración hayan acordado en el convenio correspondiente. 

¿Todavía no dispones de un seguro de hogar? Tanto en el mercado libre como en el de las viviendas protegidas, es la mejor manera de garantizar la tranquilidad en tu nueva casa.