A la hora de presentar la Renta, muchos propietarios no tienen claro los gastos asociados a la vivienda que se pueden desgravar. Esto hace que en ocasiones se queden por el camino algunas inversiones que podrían hacerte pagar menos en tu declaración.
Sé previsor y reúne toda la documentación necesaria antes de presentar la Renta. Tienes la posibilidad de desgravar el seguro de hogar siempre y cuando se den las condiciones que se detallan en este artículo.
Requisitos para deducir el seguro de hogar vinculado a una hipoteca
El seguro de hogar forma parte de los gastos que la Agencia Tributaria contempla en la base de la deducción por inversión en la vivienda habitual. En dicha base se incluyen todos los gastos destinados a la compra o rehabilitación de una vivienda, así como otras inversiones asociadas que sean imputables al adquiriente, entre las que entran los seguros.
No obstante, para que las cuotas de una póliza de hogar se puedan desgravar en la declaración de la Renta, es necesario que se cumplan algunas condiciones:
- La vivienda asegurada (vivienda habitual) fue adquirida antes del 1 de enero de 2013 y está vinculada a una hipoteca que todavía no ha sido cancelada.
- El seguro de hogar sigue vinculado a la misma aseguradora desde la firma de la hipoteca. No podrá desgravarse ninguna cuota si, tras la compra del inmueble, se suscribe una nueva póliza con otra aseguradora diferente.
- La base máxima de todos los conceptos que se pueden desgravar anualmente por la adquisición de la vivienda (entre ellos, el seguro de hogar) no podrá superar los 040 euros anuales. Se aplica una deducción máxima de 1.356 euros en el seguro y del 15 % en el porcentaje de deducción.
Si cumples con todos los requisitos, podrás consignar tus datos en las casillas 547 y 548 de la declaración de la Renta 2024.
Otros supuestos en los que se puede desgravar el seguro de hogar
No siempre es necesario que el seguro de hogar esté vinculado a una hipoteca para que puedas deducirte los gastos. Estas deducciones también se aplican a:
- Viviendas en alquiler: las cuotas de la póliza de hogar tienen la consideración de gastos. Si eres el propietario de una vivienda arrendada puedes desgravarte el seguro de hogar sobre la base de los rendimientos del capital inmobiliario que obtienes por el alquiler. La cuantía de la desgravación se indica en la casilla 0114 (Primas de contratos de seguro).
- Trabajadores autónomos: los autónomos que trabajan desde casa pueden desgravarse una parte del seguro de hogar correspondiente al porcentaje de la vivienda que utilizan para el desarrollo de su actividad. En el caso de que declares tus rendimientos por estimación directa, deberás consignar este gasto en la casilla 200 (Primas de seguros). Y si estás obligado a declarar el rendimiento de tus actividades económicas por estimación objetiva, la deducción se realizará de forma automática cuando rellenes el apartado correspondiente.
Aunque no es obligatorio, conviene tener a mano todos los documentos relacionados con la hipoteca, el alquiler, el alta de autónomos y el seguro de hogar. En cualquier momento Hacienda podría solicitarlos para comprobar que las deducciones practicadas están justificadas.