Recibir una herencia implica mucho más que repartir bienes. Para completar una buena gestión de herencia hay que reunir documentos, comprobar si existe testamento, liquidar el impuesto de sucesiones y atender otros posibles gastos o trámites antes de poder inscribir o adjudicar los bienes.
En España, las herencias requieren seguir un proceso ordenado y cumplir unos plazos concretos. Además, el coste final puede variar según el valor de los bienes, la comunidad autónoma, la relación con la persona fallecida y los trámites notariales o registrales que haya que realizar. Por eso, conviene conocer bien cada paso antes de iniciar el proceso.
Qué documentos necesitas y por dónde empezar cuando recibes una herencia
El primer paso en cualquier gestión de herencia es obtener el certificado de defunción y, después, solicitar el certificado de actos de última voluntad para comprobar si la persona fallecida dejó testamento. También puede ser útil pedir el certificado de contratos de seguros con cobertura de fallecimiento, que permite saber si existía algún seguro de vida o de accidentes con esa cobertura. Estos certificados pueden solicitarse a través de Justicia y, en el caso del de seguros, no puede pedirse hasta que hayan transcurrido 15 días hábiles desde el fallecimiento.
Si hay testamento, habrá que acudir a la notaría correspondiente para obtener una copia autorizada. Si no lo hay, normalmente será necesario tramitar una declaración de herederos. A partir de ahí, se identifican los bienes, deudas y derechos que forman parte de la herencia, se valora el caudal hereditario y se decide si se acepta o no. En esta fase también se calculan las deudas deducibles y determinados gastos que la ley permite tener en cuenta a efectos fiscales.
Qué gastos puede generar una herencia y por qué conviene revisar también los seguros
Uno de los puntos centrales de las herencias es el impuesto de sucesiones, también llamado a veces impuesto a las sucesiones. Este tributo grava la adquisición de bienes y derechos por herencia, legado u otro título sucesorio, y su gestión depende en gran medida de la normativa autonómica aplicable según la residencia habitual del fallecido. El plazo general para presentar este impuesto es de seis meses desde la fecha del fallecimiento, aunque pueden existir particularidades y beneficios fiscales según la comunidad autónoma.
Además del impuesto de sucesiones, puede haber otros costes asociados, como notaría, registro o valoraciones. También conviene no confundir este trámite con el impuesto de transmisiones patrimoniales, que no es el tributo que grava la adquisición por herencia, aunque sí puede aparecer en otras operaciones relacionadas con inmuebles o documentos. En una herencia, el impuesto principal por recibir bienes del fallecido es el de sucesiones.
Además de revisar testamento, bienes y deudas, en una gestión de herencia también conviene comprobar si la persona fallecida tenía contratado un seguro de vida o un seguro de decesos. Este paso puede ser importante porque algunas pólizas generan derechos económicos para los beneficiarios o ayudan a cubrir gastos y trámites asociados al fallecimiento.






