enfermedad asegurada

Enfermedades graves cubiertas por tu seguro de vida 

Publicado por

Los seguros de vida no solo están pensados para actuar frente a problemas actuales, sino que contemplan situaciones complicadas en el futuro. La contratación de una de estas pólizas es también un buen modo de planificación a largo plazo.  

Resulta complicado predecir cómo será tu salud de aquí a unos años, pero dispones de herramientas para enfrentarte con más calma a cualquier situación difícil. La contratación de un seguro de vida integral te proporciona la tranquilidad que tú y tus familiares necesitáis para afrontar cualquier contratiempo, desde un fallecimiento hasta una enfermedad grave.   

¿Qué enfermedades se consideran graves? 

Los seguros de vida indican con claridad qué tipo de coberturas ofrecen y a qué enfermedades se hacen extensibles. Cada producto presenta sus particularidades, pero la mayoría de las aseguradoras suele incluir estas patologías entre sus coberturas por enfermedades graves: 

  • Infarto de miocardio 
  • Insuficiencia renal 
  • Trasplante de órganos vitales 
  • Cirugía cardíaca 
  • Cáncer 
  • Accidente cerebrovascular 
  • Parálisis 
  • Esclerosis múltiple 

¿A quiénes ofrece cobertura la póliza en caso de enfermedad grave? 

La cobertura por enfermedades graves supone un respaldo económico importante en caso de que se diagnostique alguna de las patologías anteriormente citadas. Dependiendo del tipo de seguro, al capital garantizado por la póliza se puede añadir un capital adicional, o bien facilitar un anticipo del capital asegurado en caso de fallecimiento.  

Lo habitual es que, dentro de los límites económicos y otras condiciones especificadas en el contrato, estas coberturas se extiendan tanto al tomador de la póliza como a sus hijos. Las coberturas serán de aplicación hasta que estos cumplan la mayoría de edad.   

¿Qué patologías quedan excluidas?  

Hay que destacar que no todas las enfermedades que podrían considerarse como `graves’ están contempladas dentro de estas pólizas. Por lo general, no se incluyen coberturas en caso de secuelas provocadas por la drogadicción, el alcoholismo o la tentativa de suicidio, ni tampoco por enfermedades como el síndrome de inmunodeficiencia humana o el VIH.

enfermedad asegurada